domingo, 27 de octubre de 2013

Debate: Vaticano y divorciados


Año 9, número 442
Luis-Fernando Valdés

El Papa Francisco se ha mostrado lleno de misericordia y desea que todos los fieles con situaciones matrimoniales complicadas vuelvan a la Iglesia. Pero en días pasados, el Prefecto para la Doctrina de la Fe declaró que los divorciados vueltos a casar no pueden comulgar. Ante esta aparente contradicción, ¿cuál es la postura actual de la Iglesia?
La doctrina de siempre, matrimonio para
siempre; un enfoque nuevo: enfatizar
que los divorciados siguen en la Iglesia.

Con motivo de la entrevista que el jesuita P. Antonio Spadaro realizó al Papa en la revista “La Civiltà Cattolica” (19.IX.2013), algunos medios especularon sobre un cambio en la postura de la Iglesia sobre el acceso a los sacramentos por parte de los divorciados vueltos a casar.

Fue mera especulación, pues el Romano Pontífice dejó claro que la doctrina de la Iglesia sigue siendo la misma, pero pidió un cambio de enfoque pastoral, que consiste en dejar de insistir en los temas polémicos, para dar paso a predicar la misericordia de Dios.

En días pasados, el diario oficial del Vaticano, “L’Osservatore Romano” (23.X.2013), publicó un largo artículo del Prefecto para la Doctrina de la fe, sobre el acompañamiento que se debe dar los católicos divorciados vueltos a casar.

Mons. Müller presenta con mucho equilibrio la postura oficial de la Iglesia. Por una parte, explica las razones bíblicas, patrísticas e históricas, por las cuales estos fieles divorciados no pueden recibir los sacramentos. Y por otra, expone las enseñanzas de los Papas que indican expresamente que estos creyentes pueden y deben seguir unidos a la Iglesia.

Las personas divorciadas que han contraído nuevas nupcias no pueden recibir la comunión porque Jesucristo mismo indicó que “lo que Dios unió, no lo separe el hombre” (Marcos 10,5-9). Explica el Prefecto que “cuando el matrimonio se seculariza o se contempla como una realidad meramente natural, queda impedido el acceso a su sacramentalidad. El matrimonio sacramental pertenece al orden de la gracia”. Por eso, un matrimonio sólo por lo civil no puede acceder a la confesión ni a la comunión.

Sin embargo, Mons. Müller trascribe largos párrafos de los Pontífices anteriores que señalan la importancia de mantener a los fieles divorciados cerca de la Iglesia. Por ejemplo, Juan Pablo II, en la “Familiaris consortio” (22.XI.1981), n. 84, señala que ellos pertenecen a la Iglesia y tienen derecho a la atención pastoral y deben tomar parte en la vida de la Iglesia.

Luego, Benedicto XVI, en la “Sacramentum caritatis” (22.II.2007), exhorta a los pastores a dedicar “una especial atención” a los afectados, “con el deseo de que, dentro de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos”.

El artículo del Prefecto explica que el fondo del problema consiste en reducir la atención pastoral a los fieles divorciados a que puedan recibir la comunión sacramental, olvidando que “existen otras formas de comunión con Dios. La unión con Dios se alcanza cuando el creyente se dirige a Él con fe, esperanza y amor, en el arrepentimiento y la oración.”

Entonces, la doctrina sigue siendo la misma, aunque ahora el enfoque es diverso. Lo importante es afirmar simultáneamente las dos cuestiones en conflicto: aquellas personas no pueden comulgar, pero siguen dentro de la Iglesia y pueden continuar practicando la fe.

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