Año 9, número 442
Luis-Fernando Valdés
El Papa Francisco
se ha mostrado lleno de misericordia y desea que todos los fieles con
situaciones matrimoniales complicadas vuelvan a la Iglesia. Pero en días
pasados, el Prefecto para la Doctrina de la Fe declaró que los divorciados
vueltos a casar no pueden comulgar. Ante esta aparente contradicción, ¿cuál es
la postura actual de la Iglesia?
La doctrina de siempre, matrimonio para siempre; un enfoque nuevo: enfatizar que los divorciados siguen en la Iglesia. |
Con motivo de la entrevista que el jesuita P. Antonio Spadaro realizó al Papa en
la revista “La Civiltà Cattolica” (19.IX.2013), algunos medios especularon
sobre un cambio en la postura de la Iglesia sobre el acceso a los sacramentos
por parte de los divorciados vueltos a casar.
Fue mera
especulación, pues el Romano Pontífice dejó claro que la doctrina de la Iglesia
sigue siendo la misma, pero pidió un cambio de enfoque pastoral, que consiste
en dejar de insistir en los temas polémicos, para dar paso a predicar la
misericordia de Dios.
En días pasados,
el diario oficial del Vaticano, “L’Osservatore Romano” (23.X.2013), publicó un
largo artículo
del Prefecto para la Doctrina de la fe, sobre el acompañamiento que se debe dar
los católicos divorciados vueltos a casar.
Mons. Müller
presenta con mucho equilibrio la postura oficial de la Iglesia. Por una parte,
explica las razones bíblicas, patrísticas e históricas, por las cuales estos
fieles divorciados no pueden recibir los sacramentos. Y por otra, expone las
enseñanzas de los Papas que indican expresamente que estos creyentes pueden y
deben seguir unidos a la Iglesia.
Las personas
divorciadas que han contraído nuevas nupcias no pueden recibir la comunión
porque Jesucristo mismo indicó que “lo que Dios unió, no lo separe el hombre”
(Marcos 10,5-9). Explica el Prefecto que “cuando el matrimonio se seculariza o
se contempla como una realidad meramente natural, queda impedido el acceso a su
sacramentalidad. El matrimonio sacramental pertenece al orden de la gracia”.
Por eso, un matrimonio sólo por lo civil no puede acceder a la confesión ni a
la comunión.
Sin embargo, Mons.
Müller trascribe largos párrafos de los Pontífices anteriores que señalan la
importancia de mantener a los fieles divorciados cerca de la Iglesia. Por
ejemplo, Juan Pablo II, en la “Familiaris consortio” (22.XI.1981), n. 84, señala
que ellos pertenecen a la Iglesia y tienen derecho a la atención pastoral y
deben tomar parte en la vida de la Iglesia.
Luego, Benedicto
XVI, en la “Sacramentum caritatis” (22.II.2007), exhorta a los pastores a
dedicar “una especial atención” a los afectados, “con el deseo de que, dentro
de lo posible, cultiven un estilo de vida cristiano mediante la participación
en la santa Misa, aunque sin comulgar, la escucha de la Palabra de Dios, la
Adoración eucarística, la oración, la participación en la vida comunitaria, el
diálogo con un sacerdote de confianza o un director espiritual, la entrega a
obras de caridad, de penitencia, y la tarea de educar a los hijos”.
El artículo del
Prefecto explica que el fondo del problema consiste en reducir la atención
pastoral a los fieles divorciados a que puedan recibir la comunión sacramental,
olvidando que “existen otras formas de comunión con Dios. La unión con Dios se
alcanza cuando el creyente se dirige a Él con fe, esperanza y amor, en el
arrepentimiento y la oración.”
Entonces, la
doctrina sigue siendo la misma, aunque ahora el enfoque es diverso. Lo
importante es afirmar simultáneamente las dos cuestiones en conflicto: aquellas
personas no pueden comulgar, pero siguen dentro de la Iglesia y pueden
continuar practicando la fe.