domingo, 8 de enero de 2012

Libertad religiosa, ¿minorías en riesgo?


Año 8, número 348
Luis-Fernando Valdés

Aunque pasó desapercibida en su momento, la reforma del art. 24 de nuestra Constitución, que aprueba ahora el derecho a la libertad religiosa, hoy vuelve a la opinión pública. Federico Reyes Heroles afirma que, en un País como el nuestro, esta modificación podrá perjudicar a las religiones menos numerosas. Pero, ¿el derecho a la libertad religiosa es cuestión de mayorías o minorías?

Federico Reyes Heroles,
       importante pensador mexicano.
Reyes Heroles publicó un sugerente artículo, en el que sostiene que “el Estado laico mexicano está diseñado para garantizar la libertad religiosa en el contexto del predominio de una iglesia”; en tal contexto “los principios del Estado laico operan en protección de las minorías, de ahí las limitaciones a la apropiación de lo público por parte de una iglesia” (Reforma, 3.I.2012) [Artículo].

En otras palabras, nuestro Autor sostiene que la libertad religiosa se basa en una cuestión sociológica: en equilibrar el predominio de la mayoría sobre las minorías. Por contraste, para la Iglesia católica “el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana” (“Dignitatis Humanae”, n. 2).

Durante el Concilio Vaticano II, cuando los padres conciliares elaboraban un documento sobre la libertad religiosa, algunos prelados procedentes de países de mayoría católica afirmaron que esta libertad estaba supeditada a la verdad, a sostener la verdadera fe.

En cambio, los obispos provenientes de naciones donde la Iglesia era minoría o estaba perseguida, como los de la entonces zona comunista europea, enfocaron mejor la cuestión y su postura fue ampliamente aprobada. Sostenían que la libertad religiosa depende no de mayorías, ni tampoco de el hecho de afirmar que uno tiene la verdad sobre Dios, sino que se trata de un derecho natural de cada ser humano.

Reyes Heroles, citando al importante sociólogo de la religión Roberto Blancarte, se preocupa por las posibles consecuencias de esta reforma constitucional: 1) “los padres de familia podrían reclamar su derecho a exigir educación religiosa en las escuelas públicas”, 2) “las asociaciones religiosas podrían reclamar (…) su derecho a poseer y administrar medios electrónicos”; y 3) “la abierta participación política y electoral de los ministros del culto”.

Si el fundamento de la libertad religiosa radicara en que no exista una mayoría, se entiende que nuestro Autor diga que es un riesgo la libertad de educación y el uso de los medios de comunicación, pues ambas cosas fomentarían el crecimiento del número de fieles católicos. En cuanto a lo tercero, estoy de acuerdo en que es un gran error que un clérigo tenga aspiraciones políticas.

De lo dicho por Reyes Heroles se seguiría que la libertad de los padres a educar a sus hijos no es absoluta, sino que depende de la pertenencia o no de esos padres a una mayoría. Y lo mismo, la libertad de expresión, que conlleva poseer y administrar medios de comunicación, sería un derecho sólo para los que son minoría. Pero en realidad, ambos derechos se basan en la dignidad humana, en el simple el hecho de ser personas (cfr. Declaración Universal de los Derechos Humanos, arts. 1, 18, 19 y 26,3).

Como creyente, comparto totalmente la opinión del Dr. Reyes Heroles: nunca se puede atropellar a una minoría que tenga una creencia diferente. Pero disiento en que el medio para conseguir ese respeto sea soslayar los derechos fundamentales de algunos por el hecho de pertenecer a una comunidad más numerosa. Los derechos de las minorías se deben afirmar por el hecho de que sus miembros son personas.

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