domingo, 26 de agosto de 2007

Ley del aborto: ciencia vs ética

Luis-Fernando Valdés

La Suprema Corte de Justicia de la Nación sigue su investigación para resolver la controversia constitucional que surgió con la aprobación de la Ley del aborto, por parte de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. El ministro Salvador Aguirre Anguiano citó a cinco especialista de prestigio internacional y les aplicó, a puerta cerrada, un cuestionario de 40 preguntas con el fin de obtener información científica sobre el aborto, y así elaborar su sentencia. El tipo de preguntas hace ver que el derecho tienen que recurrir no sólo a la ciencia sino también a la ética, si se quiere resolver adecuadamente el problema de la aborto.
Esta diligencia fue parte del trámite de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos contra la reforma que despenalizó el aborto voluntario en el Distrito Federal. El ministro Aguirre Anguiano pidió sus puntos de vista a los doctores Jesús Kumate, ex secretario de Salud; María Cristina Márquez, investigadora de Embriología de la UNAM; Fabio Salamanca, jefe de la Unidad de Investigación en Genética Humana del Centro Médico Siglo XXI; Rubén Lisker, ex miembro del Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, y al doctor en bioquímica Ricardo Tapia, del Instituto de Fisiología Celular de la UNAM.
El ministro preguntó, entre otros temas, a los peritos médicos: ¿qué es la conciencia?, ¿a qué edad un lactante alcanza la autonomía nutritiva? ¿qué funciones vitales realiza un feto de 12 semanas de gestación y cuáles son sus diferencias con uno de 13 semanas? ¿un autista es humano? ¿la experiencia de dolor es una sine qua non del ser humano? ¿un paralítico cerebral sin autonomía alimentaria es humano?
Estas preguntas conducen hacia el tema del inicio de la vida, que es la clave para el juicio de anticonstitucionalidad, ya que la definición de embarazo determinada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en la reforma al Código Penal afirma que “el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio". En otras palabras, para la ALDF, el embarazo no inicia con la concepción. En cambio la jurisprudencia emitida en 2002 por la Suprema Corte señala que la Constitución protege la vida "desde la concepción".
El cuestionario busca confrontar los datos científicos que prueben o nieguen que desde la concepción se genera un ser independiente y único, que tiene una vida autónoma y que, a pesar de no poder valerse por sí mismo, no pierde su condición humana. Pero los datos meramente científicos poco pueden aportar al derecho. No basta que la embriología afirme que hay genes humanos en el cigoto, antes de la anidación. Hace falta una visión moral, que lleve a interpretar ese dato: que en ese cigoto ya hay vida humana, que ya es un ser humano, y por eso un sujeto de derechos que se debe respetar.
Cuando la ALDF afirma que el “embarazo” inicia en la implantación, está empleando un sofisma. Toma una de las etapas del desarrollo embrionario, y declara que ahí inicia el embarazo. ¿Por qué no declarar que inicia en la primera etapa, cuando se unen los gametos? ¿O en la última, cuando el embrión ya está totalmente formado? El sofisma consiste en tomar un dato científico, y arbitrariamente hacer una consideración ética: “antes no es humano”. Por eso, no basta el mero dato biológico, sino que siempre se debe armonizar con el dato ético, y éste debe ser protegido por el ordenamiento jurídico.
Correo: lfvaldes@prodigy.net.mx

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