domingo, 19 de agosto de 2007

Educación sexual ¿derecho de los padres?

Luis-Fernando Valdés

De vuelta a la escuela, envueltos en polémicas. En esta semana que inicia, los estudiantes de Secundaria recibirán sus libros nuevos y, entre ellos, el de Biología I, que incluye temas de educación sexual. Por una parte, el miércoles pasado (15.VIII.07) la Unión Nacional de Padres de Familia manifestó su desacuerdo con estos nuevos textos. Y por otra, la Secretaría de Educación del Distrito Federal anunció antier (17.VIII.07) que en tres semanas distribuirá un libro sobre sexualidad con autorización o no de la SEP. De esta manera ha vuelto a surgir una dialéctica entre los padres de familia y el Estado sobre la educación de los hijos. ¿Quién tiene verdadero derecho a educar a los mexicanos: sus progenitores o el Estado?
Ante los declaraciones de padres de familia incorfomes, ha surgido algunas voces que han intentado descalificarlos, tildándolos de cerrados. Y estas opiniones han eclipsado el problema de fondo. El tema central de la educación sexual radica en quién posee el derecho a la educación de los hijos, no en la apertura o cerrazón de los padres respecto al sexo.
Los padres de familia son los titulares del derecho a educar a sus hijos según sus convicciones. Así lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada por nuestro País, en su artículo 26, que indica que “toda persona tiene derecho a la educación”, y que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”. En primer lugar, esta Declaración afirma la primacía de los padres en el ejercicio del derecho del que son titulares: son ellos y o el Estado, otras entidades, o terceras personas quienes pueden decidir preferentemente el tipo de educación que quieren para sus hijos. Cuando se habla de “tipo de educación”, el artículo 26 no se refiere sólo a las diversas opciones pedagógicas, sino también a sistemas educativos completos fundamentados en una determinada concepción filosófica, ideológica o religiosa de la realidad. En este sentido, se puede hablar de una educación diferenciada o mixta, y también a una educación cristiana, laica o neutra, atea, islámica, etc.
La educación no es un derecho del Estado. Cuando éste asume la carga de facilitar la enseñanza a la generalidad de los ciudadanos, no puede asegurar la oferta de todos los posibles tipos de educación demandados por los padres. Por eso, resulta necesario reconocer la enseñanza privada que ofrezca los distintos modelos que educación que solicitan los progenitores. Pero como la educación privada no es económicamente accesible a la mayoría de los ciudadanos, el Estado debe garantizar en su sistema educativo una educación “neutra” desde el punto de vista religioso e ideológico, para salvaguardar el pluralismo de la sociedad, y respetar las convicciones de los padres sobre el tipo de enseñanza que desean para sus hijos.
Cuando la educación sexual se propone dentro de una dialéctica entre ideologías, de modo casi imperceptible se atropella un derecho fundamental: el de la educación. Cuando el Estado elige, sin consultar a los padres de familia, qué tipo de educación sexual impartir, empobrece nivel cultural del País, porque conclucar un derecho básico es propio de una sociedad inculta. Por eso, imponer la educación sexual, incluso a nombre de la ciencia, es opuesto al Estado de derecho. Qué paradója: para hacer de México una nación más democrática se promueve una educación sexual liberal, pero se niega a sus ciudadanos un derecho fundamental.

Correo: lfvaldes@prodigy.net.mx

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