Luis-Fernando Valdés
Hace tres días, el Ministro Salvador Aguirre Anguiano entregó a la Suprema Corte de Justicia un proyecto de sentencia que propone invalidar la despenalización del aborto, aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en 2007. Aguirre presentó su argumentación en un documento de 612 páginas y 38 anexos. Pero ya antes de ser analizado han surgido algunas protestas que alegan que el Ministro se dejó llevar por su ideología. ¿Estamos ante una cuestión meramente legal o en verdad es ideológica?
El Ministro señala que la vida está protegida por la Constitución, leyes locales y tratados internacionales desde el momento de la concepción. De hecho ya había una jurisprudencia previa en este sentido, cuando la SCJN dictó sentencia sobre la llamada Ley Robles. Desde el punto de vista jurídico, lo que hizo Aguirre fue revisar si la Ley aprobada en el Distrito Federal coincide o va en contra del ordenamiento de la Carta Magna. Y su dictamen es que como la Ley Superior ampara la vida del no-nato, esta Ley inferior que aprueba el aborto es inconstitucional.
Sin embargo, aunque esta sentencia de inconstitucionalidad tiene fundamento, pues se basa en lo que dice nuestra Ley Suprema, y desde el punto de vista jurídico no tiene mayor complicación, rápidamente se ha convertido en un asunto “ideológico”. Y es que nuestro País, desde mitad del siglo XIX, vive bajo una dialéctica entre conservadores y liberales, izquierda y derecha, que en la práctica lleva a considerar la Leyes como un instrumento para imponerse al otro bando, para imponer el propio punto de vista.
Y, por esta razón, se mezclan casi hasta confundirse lo jurídico y lo ideológico. Y para muestra basta reseñar que Enrique Vargas Anaya, Diputado local de la Ciudad de México, afirmó que este proyecto de sentencia debe discutirse y argumentarse de acuerdo a preceptos jurídicos y no ideológicos. ¿Acaso decir que una ley es anticonstitucional porque va en contra de lo que defiende un Tratado Internacional (como la Declaración de los Derecho Humanos) firmado por México es “ideología”? Algunos podrán estar en desacuerdo con el contenido de ese Convenio, pero esa desavenencia no da derecho a calificar de “ideología” una acción de inconstitucionalidad.
Aunque ya ha pasado más de un siglo, y hemos llegado a lo que se suele llamar posmodernidad, algunas declaraciones de políticos siguen metidas en esa dialéctica decimonónica de izquierda y derecha. El mismo Diputado señaló que el fallo final que emita SCJN debe salvaguardar el Estado Laico por encima de las creencias religiosas, ya que lo que se defiende con la reforma que despenaliza el aborto es el reconocimiento y la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, por su salud y por su derecho a decidir, y no los intereses de la jerarquía eclesiástica.
Nuevamente se llama “jurídico” a lo que es ideológico. El proyecto de sentencia no tiene como finalidad promulgar una nueva ley, y menos que ésta sea favorable a la Iglesia. La propuesta de Aguirre busca aclarar si la reforma a la ley del aborto aprobada por la Asamblea Legislativa se opone en sus términos a la Constitución. La declaración del Diputado es “ideológica”, pero la presenta por “jurídica”. El resultado de confundir la propia ideología con el derecho sólo conlleva el retraso en el establecimiento de un Estado de Derecho, y acarrea la división del País. En esta resolución está en juego la vida humana desde su concepción, pero también nuestro fundamento como Nación.
Correo: lfvaldes@gmail.com
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