Luis-Fernando Valdés
En la primera semana de junio, más de 400 médicos y enfermeras, así como instituciones de salud se ampararon contra la recién aprobada Norma Oficial Mexicana (NOM-046-SSA2-2005) relativa a la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, que incluye la práctica del aborto en casos de violación. Se trata de un tema importante, ya que pone de manifiesto la pugna entre el derecho y la ideología, que surge cada vez que se discute el tema del aborto.
La NOM-046 tiene una larga historia, en la que se nota la intervención de una postura ideológica, que sostiene que el aborto es un derecho de la mujer (y que la vida no es un derecho del no-nato). Esta Norma fue creada para garantizar la adecuada atención a víctimas de violencia sexual, que incluye anticoncepción de emergencia, aborto, asesoría jurídica y atención psicológica, y fue aprobada el 21 de julio de 2008.
El 28 de enero pasado se aprobó una versión que establecía –entre otros aspectos– que “se deberá respetar la objeción de conciencia de los médicos y personal de salud”, y también que se informara a las menores de edad sobre los riesgo del aborto “a efecto de garantizar que la decisión de la víctima sea una decisión informada”.
Lo que más llamó la atención es que esta nueva versión, en lo que se refiere a la obligación de los hospitales para facilitar el aborto de la víctimas de una violación, cambiaba un “contarán” por un “podrán contar” con médicos capacitados en aborto y que no sean objetores de conciencia.
Sin embargo, por presiones de grupos feminista, esta versión fue cambiada el 27 de febrero, y fueron eliminados ambos aspectos: información sobre el aborto y objeción de conciencia. Y así se aprobó el 16 de abril de este año. La versión definitiva fue considerada como un éxito –aunque parcial–, por parte de la agrupación feminista CIMAC (www.cimacnoticias.com).
Y es que el tema del derecho a abortar es considerado por las asociaciones feministas como un logro, porque consideran que así se defiende el “derecho de la mujer” tanto sobre su cuerpo como sobre su maternidad.
Y este derecho de la mujer no es sometido a ninguna crítica, sino que se toma como un primer principio. Y desde esa base se juzgan los demás derechos, de manera que ninguno puede estar por encima de él. Como es un derecho impuesto, pero no razonado ni contrastado, cae más bien en el ámbito de la ideología.
Entonces, si la presencia de un recién concebido es considerada como no deseada, el principio ideológico del derecho de la mujer a decir sobre su cuerpo o sobre si desea ser madre, se impone al derecho a vivir que tiene el no-nato.
En el caso de esta Norma Oficial sobre la violencia sexual, está presente esta visión ideológica que privilegia el derecho de la mujer por encima de todo otro derecho, porque intenta obligar a todos los prestadores de los servicios de salud a prescribir la anticoncepción de emergencia, en caso de violación. Esta imposición va en contra del derecho a objetar que la Constitución que garantiza a todos los mexicanos, en su artículo 5º: “Nadie podrá ser obligado a prestar sus servicios sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento”.
Se pueden hacer otras observaciones más a esta NOM. Pero sólo se trata de indicar que una postura ideológica está buscando legitimarse con apariencias de tutelar los derechos de la mujer. Esto es un abuso contra la noción misma del derecho, que ya no buscaría lo justo, sino lo que le dicta una ideología.
Correo: lfvaldes@gmail.com
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